
Concreción de las condiciones de solvencia en la LCSP
Puede exigirse que el licitador identifique al personal cualificado y aporte medios suficientes para ejecutar el contrato, siempre de forma proporcional y justificada.
Para Organismos Públicos | Desde el alta en la Plataforma hasta la configuración 100% electrónica.
Los Órganos de Contratación (OC, en adelante) deben publicar las licitaciones en un Perfil cuyo acceso será libre, directo, completo y gratuito, tal y como establece el artículo 138 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP, en adelante). Si queremos dar de alta nuestro Órgano en la Plataforma de Contratos, accederemos a la siguiente dirección electrónica: contrataciondelestado.es. Una vez dentro, pulsaremos en la pestaña Información > Acceso a la Plataforma.
En la Orden EHA/1220/2008, de 30 de abril, por la que se aprueban las instrucciones para operar en la Plataforma de Contratación del Estado (en adelante, la Orden), se establecen los requisitos necesarios para poder operar en la PLACSP. Por otro lado, en su Anexo I se especifican los datos básicos necesarios a comunicar para el alta, tales como tipo de administración, nombre del departamento, nombre del órgano, NIF, idioma preferente…
SOLICITUD DE ALTA FIRMADA POR EL TITULAR DEL ÓRGANO.
Cuando el Órgano quiera darse de alta deberá remitir un escrito firmado por el titular de los órganos de contratación unipersonales, o por el Presidente en el caso de órganos de contratación de carácter colegiado, remitiendo a la Subdirección General de Coordinación de la Contratación Electrónica la correspondiente petición acompañada de la documentación acreditativa de la potestad para contratar y del formulario de alta. En este enlace encontrará las instrucciones a seguir.
ACREDITACIÓN DE LA POTESTAD PARA CONTRATAR.
De acuerdo con el artículo 3 de la Orden, se enviará la documentación que acredite la competencia para contratar del órgano de contratación (norma legal o reglamentaria o disposición estatutaria, donde figure atribuida la facultad de celebrar contratos, normas de delegación o desconcentración de competencias —en el caso de que se trate de órganos administrativos o de entes, organismos o entidades de derecho público—, o poderes otorgados —cuando se trate de órganos societarios o de una fundación).
FORMULARIO DE ALTA.
Deberá remitir un formulario que podrá descargar en la misma PLACE en formato Excel. Está divido en tres pestañas: Instrucciones, Ayuda-Descripción de perfiles y Formulario. Se trata de un documento único que reúne los datos requeridos por los Anexos I y II de la Orden.
Toda esta información la deberá enviar por registro electrónico a la Subdirección General de Coordinación de la Contratación Electrónica.
En el Órgano de Contratación configurado en la PLACE existirán distintos tipos de usuarios, cada uno con unas funciones determinadas.
TIPOS DE USUARIO Y CREACIÓN
Este usuario (que habrá uno por Órgano de Contratación), es el que tiene mayores atribuciones junto al Administrador (AOC). Será el encargado de dar de alta y baja a usuarios, creación de licitaciones, asignar o reasignar usuarios a expedientes (cuando asignas o reasignas un expediente a un usuario, este podrá trabajar sobre él, es decir, podrá editarlo y configurarlo). Tiene plenos poderes sobre cualquier expediente, podrá visualizar todas las licitaciones aunque no lo haya configurado él.
Para crear este usuario se deberá enviar un formulario a la Subdirección General de Coordinación de la Contratación Electrónica, desde Información (parte superior) > Acceso a la Plataforma.
Deberá descargar el Formulario de solicitud de alta de Perfil de Contratante, rellenarlo y enviarlo.
Tendrá las mismas funciones que el Responsable. En este caso, puede haber varios administradores.
Por ejemplo, cuando una licitación queda bloqueada (porque han entrado varios usuarios o porque la Plataforma falla), el Administrador podrá desbloquearla.
Este será dado de alta por el Responsable. Simplemente accedemos a nuestro Órgano de Contratación (parte superior derecha), e iremos a la pestaña Usuarios > Nuevo. Introducimos los datos básicos y le asignamos un rol.
El Publicador podrá crear una nueva licitación, configurarla (añadir documentos, creación de sobres…), publicarla.
Solo visualizará los expedientes que haya configurado o los que le hayan asignado (habiéndolo creado otro usuario).
Este será dado de alta por el Responsable o por un Administrador. Simplemente accedemos a nuestro Órgano de Contratación (parte superior derecha), e iremos a la pestaña Usuarios > Nuevo. Introducimos los datos básicos y le asignamos un rol.
El editor solo puede añadir y editar información en los expedientes asignados.
Este será dado de alta por el Responsable o por un Administrador. Simplemente accedemos a nuestro Órgano de Contratación (parte superior derecha), e iremos a la pestaña Usuarios > Nuevo. Introducimos los datos básicos y le asignamos un rol.
Este podrá ver los expedientes asignados, simplemente para visualizarlo.
Este será dado de alta por el Responsable o por un Administrador. Simplemente accedemos a nuestro Órgano de Contratación (parte superior derecha), e iremos a la pestaña Usuarios > Nuevo. Introducimos los datos básicos y le asignamos un rol.
Como vemos en el vídeo siguiente, accedemos a la Plataforma de Contratación del Sector Público desde la dirección contrataciondelestado.es, con nuestro DNI (ID de usuario) y contraseña, o directamente con nuestro certificado digital, en caso de disponer de él.
Los usuarios habrán sido creados previamente en el momento de solicitud de alta del órgano de contratación, y se le habrá asignado un rol (editor, publicador, administrador o responsable), en el vídeo de ejemplo, el usuario tiene el rol de publicador. Finalmente, y como Órgano de Contratación, pulsaremos en Nuevo para empezar a rellenar los datos básicos de la licitación.
Cuando pulsemos en Nuevo nos aparecerá la imagen que vemos en el siguiente vídeo, son los datos básicos de nuestra futura licitación. En primer lugar, tendremos que poner el nombre del expediente (1/2021 Abierto/Obras, por ejemplo), si es o no un contrato sujeto a regulación armonizada o SARA, tipo de contrato (obras, servicios, suministros, etc.), el objeto del contrato, procedimiento de contratación (abierto, abierto simplificado, basado en acuerdo marco, etc.), código CPV, etc. Y finalmente, pulsamos en Aceptar.
Una vez hemos pulsado en Aceptar, nos aparecerá nuestro Perfil de Contratante con sus pestañas. Por defecto estaremos en la pestaña Resumen Licitación.
Justo debajo podemos ver un enlace llamado Condiciones Presentación Oferta, aquí introduciremos datos como la forma de presentación de la oferta: manual, electrónica o manual y/o electrónica (como sabemos, con la entrada de la LCSP es obligatoria la licitación electrónica, aunque podrá ser mixta (manual y electrónica) en caso de que haya por ejemplo que entregar muestras de ropa, maquetas de edificios…), idiomas adicionales al español, si se aceptan o no variantes, la fecha final de presentación de ofertas… Además, dentro de este enlace veremos que se detallan dos pestañas más: Subasta Electrónica y Eventos.
En esta última se puede adelantar o no la fecha de la apertura de la oferta económica (a excepción de procedimientos Acuerdo Marco donde es obligatorio establecerlo). Finalmente, guardamos licitación.
En la pestaña PPT deberemos introducir el Piego de Prescripciones Técnicas pulsando en Documento > Anexar.
En caso de que la licitación esté dividida por lotes (se recuerda que se debe justificar la no división en lotes), se deberán configurar aquí. Pulsaremos en Utilizar lotes > Sí. Luego elegiremos a cuántos lotes se debe ofertar (todos los lotes, un solo lote, uno o varios lotes), así como el número máximo de lotes a los que puede ofertar. Luego pulsaremos en Nuevo lote, e introduciremos los datos básicos, tales como número de lote, descripción e importe. Se finaliza pulsando en Aceptar Lote.
En la pestaña PCAP introduciremos la gran mayoría de datos:
En esta pestaña activaremos la casilla de financiación por la UE en el caso de que la licitación haya obtenido financiación por cualquier medio establecido por la Comisión Europea, en caso contrario ponemos que no está financiado, puesto que recientemente se ha establecido la obligatoriedad de especificarlo.
Alguna de las principales oportunidades de financiación para los Organismos Públicos son los Fondos FEDER (Fondo Europeo de Desarrollo Regional; estos promueven proyectos más innovadores e implicados en la protección del medioambiente), el FSE (Fondo Social Europeo; que promueve reducir las cargas burocráticas y administrativas…), Iniciativas de Empleo Juvenil, fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, etc. Podrás encontrar más información en el sitio web de la Comisión Europea.
En este apartado bastará seleccionar uno de entre los disponibles. Se podrá indicar que los motivos de exclusión serán los establecidos en la normativa de contratación.
Aquí tenemos los siguientes apartados: Requisitos previos de participación y Limitación del número de licitadores a los que se invitará.
• Requisitos previos de participación.
Iremos introduciendo los requisitos que el licitador debe cumplir para participar en la licitación como tener la solvencia requerida, no concurrir las prohibiciones de contratar, etc. Es decir, tener aptitud para contratar.
Lo haremos de la siguiente forma, cuando entremos nos saldrá un desplegable pulsando en Seleccionar, y nos aparecerá una lista de criterios, tales como Capacidad de Contratar, Clasificación, Solvencia económica o financiera, etc., y los iremos añadiendo según el tipo de procedimiento.
Los pasos que seguiremos para introducir cualquier tipo de requisito serán los mismos:
Seleccionar > (Capacidad de Contratar, Clasificación, Solvencia…) > Nuevo requisito>Seleccione el criterio>Descripción>Guardar.
Se puede hacer una selección múltiple de los criterios (pulsando tecla Ctrl y seleccionando los requisitos). En este caso también compartirían la descripción.
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Por ejemplo, si estamos ante un contrato de obras cuyo valor estimado es igual o superior a 500.000 €, será obligatoria la clasificación. Por lo tanto seguiremos la vía siguiente: Seleccionar > Clasificación > Nuevo requisito. Seguidamente nos saldrá una nueva pantalla, en la que aparecerá una lista de Clasificación y pulsaremos en la que solicitemos en el PCAP:
Cuando tengamos todos los requisitos incorporados, deberemos establecer la «Forma de acreditación». Esta será una declaración responsable en un primer momento (con modelo DEUC si se trata del procedimiento abierto del art. 156 LCSP). En este caso, seleccionaremos todos los criterios y clicaremos en Forma de acreditación > El licitador seleccionará un documento>
Luego tenemos estas dos opciones, igual de válidas:
1. Seleccionar Nuevo tipo de documento (en la columna de la derecha) y seleccionar > Plantilla para generar documento, y subimos nuestro modelo de Anexo de declaración responsable (y volverlo a subir en «Anexos Pliego») o la siguiente (más práctica),
2. Seleccionar de la columna de la izquierda una declaración responsable sin plantilla, puesto que igualmente se deben subir los Anexos en la pestaña «Anexos Pliego» de nuestro Perfil, y así se le debe indicar al licitador en la descripción de cada requisito.
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• Limitación del número de licitadores a los que se invitará.
En este apartado se podrá incluir la limitación de licitadores que puedan presentar la proposición en el caso de que licitemos en el marco de un procedimiento restringido.
En un procedimiento restringido, que consta de dos fases, las empresas que solicitan participar tienen la condición de candidatos, y solo podrán entregar su proposición si son invitados por el órgano de contratación.
En esta pestaña tenemos tres subapartados: Garantías, Validez Oferta y Criterios de adjudicación.
• Garantías.
En este apartado, que a su vez incluye Garantía provisional (art. 106 LCSP), definitiva (art. 107 LCSP) y complementaria, podremos introducir el importe/porcentaje y/o el plazo de constitución de las garantías. Recordemos que en el procedimiento abierto (art. 156 y ss LCSP) la garantía provisional es potestativa, sí es exigible la garantía definitiva. En el procedimiento abierto simplificado (art. 159 LCSP) no se exige la garantía provisional pero sí la definitiva, y en el procedimiento abierto supersimplificado/simplificado abreviado (art. 159.6 LCSP), no se exige ningún tipo de garantía.
• Validez de oferta.
Aquí podremos poner hasta qué fecha es válida su oferta o establecer en números la duración.
• Criterios de adjudicación.
Los criterios de adjudicación de la licitación serán aquellos que sirvan para evaluar las ofertas basándose en la calidad-precio del contrato. Es decir, con la ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (en vigor), se impulsó una contratación que incluyera aspectos cualitativos, medioambientales, sociales e innovadores vinculados al objeto del contrato.
Por tanto, aquí iremos insertando los criterios basados en la aplicación de fórmulas (precio u otros) y/o los criterios sometidos a juicios de valor (la valoración subjetiva). En nuestra licitación dependiendo del tipo de procedimiento, tendremos fórmulas y, en su caso, juicios de valor (puede haber en el procedimiento abierto y en el procedimiento abierto simplificado siempre que no supere el 25%, o 45% si se trata de prestaciones de carácter intelectual, en el procedimiento abierto supersimplicado/abreviado no habrá criterios sometidos a juicios de valor).
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Por ejemplo, en la Plataforma lo introduciríamos así:
Imaginemos que estamos ante un contrato de suministro de uniformes. Nuestra licitación tiene como criterio de licitación basado en fórmulas, el precio (un 80%), y el 20% restante, sometidos a juicios de valor, la calidad de la ropa. Para añadir el precio pulsaremos en Criterios de adjudicación > Nuevo criterio. Y nos aparecerá la siguiente imagen:
Simplemente pulsaremos en Tipo de criterio>Cuantificables automáticamente. Luego nos aparecerá una pestaña llamada Subtipo de criterio>Otros/precio, y pulsaremos en Precio.
Le daremos un nombre al criterio en la pestaña inmediatamente inferior, poniendo por ejemplo: Oferta económica (precio).
En Texto de ayuda para el licitador podríamos añadir: Se entregará la oferta económica conforme al modelo de Anexo I del PCAP.
En Ponderación estableceremos la puntuación que le damos al criterio, en este caso, hemos dicho que el precio sería el 80%, por lo que pondremos 80, y en Mínimo 0/Máximo 80. Y finalmente, guardamos.
*Se recomienda dejar en blanco la opción «El licitador deberá introducir un valor o un texto» puesto que puede introducir un precio diferente al que entregue en PDF por error.
En esta imagen vemos las pestañas en que se divide el apartado «Condiciones de ejecución». En la parte superior podremos activar si se utilizará o no pedido electrónico, factura electrónica y/o pago electrónico.
Veamos las siguientes pestañas:
a) Emplazamiento: podremos introducir una descripción e incorporar las condiciones del emplazamiento.
b) Dirección: introduciremos la calle, el CP y la población del Organismo Público.
c) Plazo ejecución: podremos fijar la fecha de inicio y/o de fin del contrato, la duración del mismo, y la justificación sobre la duración.
e) Opciones y prórrogas: introduciremos, en su caso, el plazo de la prórroga y una descripción.
f) Subcontratación: podremos introducir un porcentaje/importe y una descripción.
En este apartado bastará con seleccionar un criterio. Podremos especificar si utilizamos algún tipo de contratación estratégica como compra innovadora, adaptación al cambio climático, igualdad étnica, etc.
En la quinta y última pestaña crearemos los sobres donde los licitadores introducirán sus ofertas. Para empezar, pulsaremos en Nuevo sobre e iremos configurándolo. Nos aparecerá la siguiente imagen:
En primer lugar pondremos un nombre al Sobre. Por ejemplo, «SOBRE ÚNICO/1/2/3 EXP. 1/2021». En el apartado siguiente, Tipo de sobre, nos saldrá una lista con opciones dependiendo del tipo de procedimiento que estemos configurando:
Seleccionaremos el que corresponda. Por ejemplo, en una licitación en que solo hay criterios evaluables mediante la aplicación de fórmulas (es decir, no hay juicios de valor), podrá suceder lo siguiente:
1. Procedimiento abierto (156 LCSP). En este caso se crearán dos sobres (en el abierto siempre habrá dos sobres como mínimo). El primer sobre se llamará «Documentación administrativa» y el segundo se llamará «Oferta económica o evaluable mediante fórmulas». En el procedimiento abierto el sobre nº 1/A será la documentación administrativa (donde se exigirá la declaración responsable con modelo DEUC, ex. artículo 140 LCSP). El sobre nº 2/B será siempre la oferta evaluable mediante fórmulas, y el sobre nº 3 serán los juicios de valor, que en este caso no hay.
2. Procedimiento abierto simplificado (159 LCSP). En este caso podrá haber un sobre único, seleccionaríamos (como muestra la imagen) la opción «Documentación administrativa y criterios cuantificables automáticamente». En caso de que hubiera juicios de valor, deberá haber dos sobres: el primero llamado «Documentación administrativa y criterios sometidos a juicios de valor», y el segundo llamado «Oferta económica o evaluable mediante fórmulas».
3. Procedimiento supersimplificado (159.6.c) LCSP). En este procedimiento se evaluará en todo caso mediante fórmulas, es decir, no caben aquí los juicios de valor. Por lo tanto, siempre será un sobre único.
En Descripción podremos añadir una información para el licitador, como por ejemplo: «En este sobre se deberá entregar la oferta económica».
En Evento, si no queremos adelantar una fecha de apertura, se puede dejar en blanco. Finalmente pulsamos en Guardar.
Una vez le hemos dado a Guardar, aparecerán una serie de pestañas:
1. Condiciones de presentación. Esta pestaña la podremos dejar tal como está, puesto que ya tiene activada la opción Soporte electrónico y forma telemática (se cambiaría solo en el caso en que fuera manual, como por ejemplo una licitación en la que se deben entregar maquetas) y Firma (el sobre deberá estar firmado por el representante de la empresa).
2. Relación de requisitos previos para contratar. Por defecto ya aparecerán los requisitos introducidos previamente en la pestaña Condiciones de admisión de candidatos>Requisitos previos de participación.
Aquí es importante saber que si hemos creado y configurado ya un sobre, y posteriormente añadimos un requisito previo de participación (en Condiciones de admisión de candidatos), no aparecerá automáticamente dentro del sobre, sino que deberemos entrar en el sobre creado y añadirlo en Relación de requisitos previos para contratar>Modificar asignación de requisitos previos de participación generales:
3. Criterios a acreditar. Este apartado también aparecerá rellenado según lo que hemos configurado en la tercera pestaña (Criterios de adjudicación). Por lo que no deberemos introducir nada.
Pasará lo mismo que en el punto anterior en el caso de que se haya introducido un nuevo criterio después de haber creado el sobre, por lo que habrá que introducirlo tal y como se detalla en el punto anterior.
4. Contenido del sobre. Se divide entre Documentación solicitada para la acreditación de requisitos generales, que estará por defecto ya configurada (habrá la Declaración Responsable previamente configurada, DEUC etc.). Y luego habrá Otros documentos a solicitar en el sobre.
Pulsaremos en este e iremos añadiendo los documentos que solicitamos al licitador: oferta económica, oferta técnica, declaración sobre subcontratación, declaración sobre unión temporal de empresas, declaración sobre datos confidenciales, etc.
Dentro de cada uno de ellos se podrá establecer un nombre, el tipo de formato, requerimiento de firma, facilitar una plantilla al licitador así como un texto de ayuda. Esto es lo que veremos al crear cada documento:
Iremos guardando, y para ir creando otros documentos pulsaremos en Nuevo documento a solicitar en el sobre.
Ya terminamos, solo nos queda publicar el anuncio de licitación, los pliegos (y anexos), y demás documentación.
Simplemente nos dirigiremos a la pestaña Resumen de licitación. Primero publicaremos el Anuncio de Licitación pulsando en Previsualizar>Publicar, desde la columna de la derecha llamada Acciones. Cuando pulsemos en Publicar nos aparecerá una pantalla donde también podremos seleccionar otras opciones de publicación, como por ejemplo publicar en el Diario Oficial de la Unión Europea (requisito indispensable si estamos en un contrato sujeto a regulación armonizada).
Una vez publicado el anuncio de licitación, publicaremos los pliegos siguiendo el mismo procedimiento.
Para terminar publicaremos la demás documentación (memoria justificativa, informe de insuficiencia de medios en caso de contrato de servicios, etc.).
Para saber todo lo que hay que publicar en el perfil de contratante, pulsa aquí.
Puede exigirse que el licitador identifique al personal cualificado y aporte medios suficientes para ejecutar el contrato, siempre de forma proporcional y justificada.
Los criterios de adjudicación son los parámetros que determinan qué oferta resulta más ventajosa en un contrato público…
¿Qué competencias tiene una Mesa de Contratación? ¿Quiénes componen las Mesas? Todo ello dependerá de varios factores como el tipo de poder adjudicador…
Para llevar a cabo la modificación de los contratos se debe seguir el procedimiento previsto en la LCSP. Deberemos diferenciar las modificaciones previstas de las no previstas…
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Te enseño a configurar una licitación electrónica. Desde el alta en la Plataforma hasta la formalización del contrato.
¿Qué sucede cuando un licitador entrega documentación fuera del plazo establecido? Te lo explico con algunas resoluciones del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC).
La garantía definitiva debe constituirse en el plazo previsto. ¿Qué sucede si no se cumplimenta debidamente?
Aplicación de la inteligencia artificial (IA) a cada una de las fases del proceso de adjudicación en la contratación pública.
Acceso al expediente: Derecho de licitadores a examinar los documentos del expediente de contratación siempre con los límites de la confidencialidad y de la protección de datos.
Ante la imposibilidad de llevar a cabo la ejecución en el plazo pactado, cabe la posibilidad acordar su ampliación.
La Declaración de Ausencia de Conflicto de Interés (DACI) supone un elemento clave para ejecutar contratos cuyos fondos provienen de la UE, los fondos Next Generation.